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title: "El SENASA digitaliza el control de los medicamentos veterinarios y fortalece la trazabilidad sanitaria"
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description: "La puesta en marcha del SIGTRAZAVET incorpora la Receta Veterinaria Electrónica y permitirá monitorear el recorrido de los medicamentos desde su elaboración hasta su aplicación Seguir."
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date_published: "2026-07-26T10:10:00-03:00"
date_modified: "2026-07-27T14:13:04-03:00"
author_name: "Campo Industria"
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# El SENASA digitaliza el control de los medicamentos veterinarios y fortalece la trazabilidad sanitaria

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Desde el laboratorio que elabora un medicamento hasta el establecimiento donde finalmente se utiliza, cada movimiento quedará registrado. El SENASA creó una nueva plataforma digital para modernizar el control de los productos veterinarios y seguir su recorrido a lo largo de toda la cadena.

La medida fue oficializada mediante la Resolución 654/2026 y busca aportar mayor transparencia, mejorar la fiscalización y acompañar las crecientes exigencias sanitarias de los mercados.

El Sistema Integrado de Gestión de Trazabilidad de Productos Veterinarios (SIGTRAZAVET) será obligatorio para importadores, laboratorios, elaboradores, fraccionadores, distribuidores, comercios veterinarios, profesionales y productores.

**Un registro para toda la cadena**  
  
Cada actor deberá informar los movimientos de los medicamentos y sus principios activos, desde la elaboración o importación hasta su utilización en establecimientos productivos o animales de compañía.

Uno de los principales cambios será la incorporación obligatoria de la Receta Veterinaria Electrónica para prescribir, adquirir y administrar los productos incluidos en el cronograma de implementación. El documento reemplazará progresivamente al recetario en papel, validará las operaciones y actualizará los stocks de manera automática.

Las recetas estarán adaptadas a animales de producción, équidos y mascotas, y contarán con un Código Único de Verificación Electrónica que permitirá comprobar su autenticidad.

**Movimientos informados en tiempo real**  
  
Las operaciones de distribución, comercialización, exportación y suministro deberán registrarse en el momento en que se realicen. La elaboración, importación y el fraccionamiento, en cambio, tendrán que declararse dentro de las 96 horas.

También será obligatorio confirmar recepciones, informar traslados entre depósitos y registrar pérdidas, robos, vencimientos o cualquier situación que modifique las existencias disponibles.

Toda la información cargada tendrá carácter de declaración jurada. Para el SENASA, este esquema permitirá conocer con mayor precisión dónde se encuentra cada producto y fortalecer los controles sobre medicamentos sensibles para la salud animal, la salud pública y el ambiente.

**Una implementación por etapas**  
  
El organismo considera que una trazabilidad más sólida permitirá responder a mercados que demandan alimentos con mayores garantías sanitarias, un uso responsable de los medicamentos y procesos plenamente auditables. También busca simplificar el trabajo de los veterinarios y optimizar la gestión sanitaria.

Aunque la resolución ya entró en vigencia, los principios activos y medicamentos se incorporarán gradualmente, de acuerdo con las disposiciones que establezca la Dirección Nacional de Sanidad Animal.

Hasta que el nuevo sistema se encuentre completamente operativo, la Receta Veterinaria Electrónica continuará emitiéndose mediante la plataforma SIGTrámites del SENASA.

*Fuente: Senasa*

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