

CARBAP insta a no adherir al UPOV 91







Motiva esta decisión la falsa argumentación de que dicha adhesión conllevara a un acceso a la mejor tecnología genética disponible para todos los productores, la cual igual puede lograrse con una Ley de Semillas consensuada sin necesidad de adherir al UPOV 91, tal como lo ha realizado en los últimos años Brasil.
Además, la adhesión al Acta de UPOV 1991 incluye la necesidad de solicitar autorización a los obtentores (algo que puede ser denegado) para el uso propio de semillas por parte de los agricultores, algo que no está incluido en el acta UPOV 78, además de otorgarle una mayor extensión de derechos a los obtentores hasta el producto de la cosecha (lo cosechado), lo cual implicaría una avance sobre la apropiación de la renta del productor y una ampliación en la duración del derecho de propiedad.
Tal como está planteado, UPOV 91 beneficia principalmente a desarrolladores comerciales de variedades uniformes, y limita los derechos de los agricultores para guardar y utilizar semillas y material de propagación.
Desde CARBAP entendemos que entre todos los actores de la actividad agrícola debemos consensuar una actualización de la Ley de Semillas, sin imposiciones ni atajos, manteniendo el respeto y el equilibrio por los derechos de cada eslabón de la cadena.

Próximos remates



































