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El Gobierno amplió el alcance del Impuesto PAIS

El Gobierno amplió el alcance del Impuesto PAIS para la compra de dólares destinados al pago de dividendos, el giro de utilidades y la suscripción a los Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (Bopreal).

Noticias07 de mayo de 2024
banco central

La medida fue oficializada este lunes, a través del Decreto 385/2024, publicado en el Boletín Oficial y establece una tasa del 17,5% que se aplicará a la adquisición de divisas destinadas tanto a la repatriación de inversiones de no residentes como a la distribución de utilidades y dividendos. El mismo porcentaje se aplica, asimismo, a aquellos que compren Bopreal con objetivos similares.

El Impuesto PAÍS fue inicialmente establecido durante el mandato de Alberto Fernández, como una herramienta para restringir el acceso al mercado de divisas en medio de una sangría de reservas del Banco Central, y así desincentivar los gastos en moneda extranjera por su escasez.

Ahora, el Gobierno de Javier Milei en la resolución afirma que se busca “profundizar los incentivos a la inversión nacional que estimulen la producción y la realización de actividades económicas en el país, garantizando un sendero fiscal sostenible”.

El artículo 2 de la resolución, determina que, a partir del día de la fecha, el Impuesto PAIS alcanza a:

a) Las operaciones de compra de billetes y divisas en moneda extranjera para la repatriación de inversiones de no residentes generadas en el país a partir del 1° de septiembre de 2019. El Banco Central de la República Argentina (BCRA) regulará los términos bajo la normativa de acceso al mercado cambiario. Quien realice esta operación deberá pagar el impuesto correspondiente, actuando como agente de percepción y liquidación la entidad autorizada por el BCRA.

b) La suscripción en pesos de los “Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre” (BOPREAL) emitidos por el BCRA, o de otros bonos con la misma finalidad en el futuro. Esta suscripción aplica para el pago de utilidades y dividendos, así como para la repatriación de inversiones de no residentes generadas en el país a partir del 1° de septiembre de 2019, según las disposiciones del BCRA en el marco del acceso al mercado cambiario. 

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